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¿Hasta cuándo podremos vender las pajitas, vasos, platos y cubiertos de plástico?

Actualizado: 21 oct 2021

¡Gran pregunta! El sector de la hostelería, restauración y catering, además de los profesionales de los envases, continúan a día de hoy a la espera de resolver esta incógnita. La directiva europea que restringe la entrada de éstos y otros productos de plástico desde el 3 de julio de 2021 (UE 2019/904) no ha entrado en vigor aún en España al no encontrarse traspuesta al ordenamiento jurídico nacional, lo cual no se espera hasta mediados de 2022. Así pues, podríamos creer que vasos y pajitas de plástico deberían haber dejado de estar presentes en bares y restaurantes. Pero no ha sido así. Todo apunta a que estos productos plásticos desechables seguirán entre nosotros hasta la primavera del próximo año. Es cuestión de tramitación de la normativa.

La trasposición de la directiva europea se está realizando en España mediante el Proyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminantes, en la actualidad en trámite parlamentario y con más de 740 enmiendas recibidas. Ante este panorama de incertidumbre por la demora en el proceso, el Ministerio para la Transición Ecológica ha difundido una nota informativa indicando que “no se debería introducir en el mercado ningún producto de plástico” después del 3 de julio. Es decir, de momento se trata de una recomendación (por el uso del condicional).

En cuanto al resto países europeos, la situación es semejante. Según defiende la Asociación de Transformadores Europeos de Plásticos (EUPC), la trasposición de la directiva europea 2019/904 muestra una “fragmentación sin precedentes” entre los países comunitarios dado que esta normativa deja un considerable margen de interpretación. Los estados miembros, por tanto, están desarrollando normas diferentes dificultando el objetivo final de conseguir una legislación armonizada en los países miembros.

Productos prohibidos. Una vez entre en vigor la directiva europea, quedará prohibido introducir en la UE una decena de productos de plástico de un solo uso: pajitas, cubiertos, platos, agitadores de bebidas, palitos para sujetar globos, bastoncillos de algodón, recipientes para alimentos hechos de poliestireno expandido (para consumir en el propio recipiente, de consumo inmediato, in situ o para llevar), así como los recipientes y vasos hechos de poliestireno expandido, incluyendo sus tapas y tapones.

Impuesto a los plásticos. Con el proyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados quedará prohibido en España la distribución gratuita de productos de plástico, siendo obligatorio cobrarlos diferenciándolo en el ticket de compra.

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